| (Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala) Ver LAIP | ||||||
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Estructura orgánica, reglamento interior, manuales de organización, y en general, la información en que se describan las atribuciones, funciones y obligaciones que correspondan a cada una de sus unidades administrativas; | ![]() |
Leyes, reglamentos, acuerdos, circulares y demás disposiciones de observancia general, vinculadas al ámbito de competencia de la entidad pública de que se trate; | |||
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El directorio de servidores públicos adscritos a la entidad pública, desde el nivel de jefe de departamento o sus equivalentes, hasta los titulares u órganos de dirección; | ![]() |
La remuneración mensual por categoría y puesto, incluyendo el sistema de compensación, que en su caso se establezca con base a las previsiones contendidas en el Presupuesto de Egresos aprobado; | |||
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Planes y programas de gobierno cuya ejecución esté encomendada a la entidad pública, indicando monto, tiempo de ejecución, objetivos, metas y beneficiarios, así como indicadores de evaluación de los mismos; | ![]() |
El Presupuesto de Egresos aprobado a la entidad pública; | |||
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Información contenida en su cuenta pública, integrada conforme la ley de la materia y sus disposiciones reglamentarias; | ![]() |
Balance general, estado de ingresos y egresos, estado de cambios, estado de variaciones en el patrimonio y demás información de tipo financiero y contable que genere la entidad pública, de acuerdo con las disposiciones legales que le resulten aplicables en virtud del desempeño de sus funciones o de su actividad; | |||
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Los resultados de las auditorías practicadas a las entidades públicas, siempre y cuando no se contravenga alguna disposición legal o se comprometa la estabilidad política y social del Estado o de algún Municipio; | ![]() |
Los servicios y programas de apoyo que ofrecen, así como los trámites, requisitos y formatos para acceder a los mismos; | |||
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Los datos, fundamentos y condiciones de permisos, concesiones o licencias que autorice cualquiera de las entidades públicas; | ![]() |
Los informes de ingresos y egresos presentados por los partidos políticos ante el Instituto Electoral del Estado, una vez que el Consejo General apruebe los dictámenes correspondientes y hayan causado estado los acuerdos respectivos, los cuales sólo se proporcionarán a los ciudadanos mexicanos; | |||
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El nombre, domicilio oficial y dirección electrónica, en su caso, de los servidores públicos encargados de gestionar y resolver las solicitudes de información pública; | ![]() |
Las formas de participación ciudadana, para la toma de decisiones por parte de las entidades públicas; |
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Los órganos
jurisdiccionales, administrativos o de responsabilidad de servidores públicos,
que tengan por objeto resolver controversias o aplicar el derecho, además
de la citada en las otras fracciones de este artículo, difundirán
la información siguiente: a) Lista de todas las partes, incluyendo magistrados o su equivalente, presidentes, jueces, secretarios y ministerios públicos; b) Tipo de juicio o procedimiento, e c) Un extracto de las resoluciones o determinaciones más trascendentales. Las partes podrán oponerse a la publicación de sus datos personales. |
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Dictámenes sobre iniciativas que se presenten en el Congreso; | ![]() |
Información anual de actividades, y | |||
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Lista con el importe por concepto de viáticos, gastos de representación, alimentación o su equivalente; y, | ![]() |
En general aquella información que sea de utilidad para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública. | |||
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| Las entidades públicas deberán publicar la información relativa a los procedimientos de adjudicación de contratos de obras, adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, así como para el otorgamiento de concesiones. | ||||||
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De licitaciones públicas o por invitación: a) La convocatoria o invitación emitida; b) Los participantes o invitados; c) El nombre del ganador y las razones que lo justifican; d) La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución; e) La fecha del contrato, su monto y plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada; e f) En su caso, los convenios modificatorios que recaigan a la contratación, precisando en qué consisten y su fecha de firma. |
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De las adjudicaciones directas: a) Los motivos y fundamentos legales aplicados; b) En su caso, las cotizaciones considerables; c) El nombre de la persona adjudicada; d) La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución; e) La fecha del contrato, su monto y plazo de entrega o de ejecución de los servidores u obra licitada; e f) En su caso, los convenios modificatorios que recaigan a la contratación. Esta difusión deberá incluir el padrón de proveedores y contratistas así como los informes de avance sobre las obras o servicios contratados. |
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Salvo la información reservada o confidencial, los expedientes sobre las concesiones, permisos licencias y autorizaciones otorgadas por los sujetos obligados serán públicos, incluidas todas aquellas constancias documentales que reciban los sujetos obligados sobre el aprovechamiento de las mismas; | ![]() |
La identificación de las personas a quienes, por cualquier motivo, se les entreguen o usen recursos públicos. Esta información se deber´ acompañar de las convocatorias, reglas, montos, criterios o instrumentos jurídicos conforme las cuales se efectuó la transferencia de recursos; | |||
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Los servicios y programas que ofrecen pudiendo identificar lo que corresponde a recursos federales, estatales y criterios de acceso, así como los padrones de las personas beneficiarias de los programas sociales; | ![]() |
Cualquier información que los sindicatos y las cámaras empresariales deban entregar a los sujetos obligados, incluida aquella que este relacionada con su registro, agremiados, contratos colectivos o reconocimiento de representatividad; | |||
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La relativa a los convenios o contratos que los sujetos
obligados celebren con: a) La Federación, los Estados y los Municipios; b) Organizaciones de la sociedad civil; c) Sindicatos; d) Cámaras empresariales; e) Partidos y cualquier otro tipo de agrupaciones políticas; f) Instituciones de enseñanza privada; g) Fundaciones; h) Cualquier institución pública del Estado; e i) Con otros países. |
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Cualquier otra información que se considere relevante y la que responda a las preguntas más frecuentes de la sociedad. | |||
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| Tratándose de obra pública directa que ejecute cualquier entidad pública y contemplada en los presupuestos de egresos, la información precisará: | ||||||
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Monto; | ![]() |
Lugar; | |||
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Plazo de ejecución; | ![]() |
Identificación de la entidad pública responsable de la obra, y | |||
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Los mecanismos de vigilancia o supervisión de la sociedad civil. | |||||







TRANSPARENCIA




























